A ESTRENAR!!! TOWN HOUSE - MONOAMBIENTES DESDE U$S 121.103 DE 42,53M2 EN PALERMO
Edificio Edificio entre medianeras desarrollado en 10 plantas. Planta baja con Hall de acceso en doble altura y 10 cocheras. En Piso 9º y 10º Areas de Esparcimiento, técnicas y vivienda de encargado. Piso 9º Sector Gym, Salones varios de usos múltiples con salida a terraza. Recreación, Sector Sauna, Sector Laundry Piso 10º Sector Solárium, Lounge, Sector parrillas y esparcimiento Departamentos Carpinterías con perfilaría de aluminio anodizado tipo Aluar línea A40 o similar con DVH. Provisión de cañerías de cobre para aire acondicionado tipo Split, con provisión de equipos frio/calor R410a con tecnología Inverter. Provisión de suministro de agua caliente central. Cañerias para suministro de agua fría y caliente aquasystem o similar Solados con porcelanato simil madera 1ra calidad en todos los ambientes. Amoblamiento de cocina. Mesada de cocina en mármol con bacha de acero inoxidable. Griferías monocomando FV / DECA PIAZZA. Anafe eléctrico Horno eléctrico Baños con mesadas de mármol y revestimiento cerámicos. Artefactos sanitarios Ferrum. Instalación eléctrica con disyuntor diferencial y termomagnetica. Herrajes de 1ra calidad. Frentes de placard y vestidor sin interiores. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- "Las medidas, superficies y montos de expensas consignadas en la presente descripción son aproximadas, a solo título orientativo y no son vinculantes. Las medidas y superficies reales surgen del Título respectivo, y el monto de expensas real, del recibo emitido por la Administración del Consorcio de Copropietarios que rige el inmueble." ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- "Edificio con accesibilidad para discapacitados" Ley 5115 Art. 1 ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- Corredor responsable: Héctor Rodolfo Menéndez C.U.C.I.C.B.A 3423 ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- LEY 5859 ART. 5 Se encuentra prohibido cobrar Honorarios/comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión/honorarios que se le puede cobrar a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Aviso publicado a través de Pixel Inmobiliario (Servicio de Páginas Web para Inmobiliarias).
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