DEPARTAMENTO EN ALQUILER EN BELGRANO EN ARGENTINA
Monoambiente con cochera fija en alquiler en Bajo Belgrano. AySA x expensas - ABL/Inmobiliario a cargo del propietario. Las expensas mencionadas incluyen expensas de cocheras y son con vencimiento en el mes de Febrero de 2021 Nota: No se aceptan mascotas. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Requisitos: - El Inquilino y el garante deben justificar ingresos comprobables (ni jubilaciones, ni pensiones ya que son inembargables) acorde al monto del alquiler y expensas. -Garantías: el inquilino podrá presentar garantía propietaria de Ciudad de Buenos Aires, de provincia de BA (que no sea inembargable), sistema de fianza Finaer, seguro de caución o aval bancario. Costos y características del contrato: - Contrato de 3 años - Al momento de la firma de contrato se abona el primer mes de alquiler y 1 mes de depósito en garantía. - Los ajustes son anuales bajo índice BCRA (que tomará promedio IPC y RIPTE) ---- (Respondemos todos los mails que nos llegan desde los portales de inmuebles. Chequeá tu correo incluyendo tu bandeja de junk mail o mails basura. Quizás nos demoramos, pero la respuesta tiene que estar ahí!) Maure Inmobiliaria - CUCICBA Matrícula Nº 2388 Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley. Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas. Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible" Art. 10 de Ley 2340 “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.-
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$ 45.000,00
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