JARDIN CLARET - IMPORTANTE FRACCION PARA DESARROLLO EN ARGENTINA
Importante Fracción de Terreno dentro del Barrio Cerrado Jardin Claret, ciudad de Córdoba, destinado al desarrollo inmobiliario.CONTEXTOZona Noroeste de la Ciudad de Córdoba, Barrio Cerrado Jardín Claret de 30 hectáreas, el que limita al Norte y Este con barrio Los Boulevares, al Sur con Av. Circunvalación Agustín Tosco y al Oeste Villa Claret, cercano a aeropuerto y de los más reconocidos centros comerciales, educativos y de salud, con acceso Oeste-Este, por De Los Extremeños 4.900 ingresando desde Av. Padre Antonio María Claret 5.700 (a 750 mtrs de Av Circunvalación) y a 600 mtrs por futuro ingreso por Av. Lino SpilimbergoLa Fracción de terreno ofrecida se encuentra emplazada dentro del desarrollo urbanístico cerrado denominado Jardin Claret, (31°20'47.2"S 64°13'46.0"W) en el cual se localizan distintas mixtura de usos residenciales con variedad tipológica viviendas unifamiliares y residencias de familias jóvenes en expansión (Casas y Duplex) y Condominios de de Duplex en Housing y Departamentos en altura.INFRAESTRUCTURAEnergía, agua, gas natural, cloacas, pavimentado, alumbrado público, cableado subterráneo, parquizado, acceso restringido y cerrado doble perimetralmente con guardia las 24hs. Creado como un ecosistema sustentable, destina amplias superficies de terreno para espacios verdes, equipados con juegos para niños. Con áreas para esparcimiento, actividades culturales y físicas.MARCO REGULATORIO1. FRACCIONAMIENTO DEL SUELO Ord. 8060 y ModificatoriasZonificación: 3Frente mínimo (m): 12.0Superficie mínima (m2): 360.0P/Plan de Vivienda, Frente (m): 10.0P/Plan de Vivienda, Superficie (m2): 250.02. USO DEL SUELO Ord. 8133Patrón: IIIaDescripción Patrón: Act. que por su generación de molestias significativas en el entorno, son compatibles con los usos residenciales sólo asumiendo procedimientos y restricciones especiales. Podrán localizarse en áreas urbanas de buena accesibilidad urbana y regional.3. OCUPACION DEL SUELON° de Ordenanza – Perfil 8256-H1 / Ordenanza Original Ord. 8256/86 / Ordenanza Modificatoria Ord. 12483/15 - Art. Ordenanza Art. 59Perfil/Zona: H1FOS % 70.0FOT 1.00Retiro Frente: Art.9 Ord. 8256Altura Máxima: 10.50Altura sobre Línea Municipal: 0.00Altura Perímetro Libre: 13,5Máxima Cantidad de Pisos: Planta Baja + 2 pisosNúmero de Pisos Libre: Planta Baja + 3 pisosUnidades FuncionalesNúmero de Unidades Funcionales: 1 cada 100m² de Superficie de Parcela.Observaciones 10,50/13,50m
4,00/5
1 reviews
Precio:
$ 1.500.000,00
$ 1.500.000,00
Contactar
CONTACTAR