PARAGUAY 5200 - DEPARTAMENTO EN VENTA EN PALERMO, CAPITAL EN ARGENTINA
Edificio de 5 años de antiguedad con Amenities ubicado en el barrio de Palermo,Hollywood en zona de gran crecimiento edilicio. Construcción de,GRINBERG-DWEK-IGLESIAS asociados, ubicado sobre PARAGUAY 5200 entre Fitz-Roy y,Bonpland. Zona de rápidos accesos y todos los medios de transporte cerca.,Ambiente amplio y comodo con muy buena luz, y salida al balcon al frente. Cocina,con doble mesada y espacio para heladera. Baño completo e instalación para Aire,Acondicionado. Cochera fija. Terminaciones: Carpinterías alemanas de PVC (Shuco),con DVH, Piso de porcelanato 60x60 y calefacción por piso radiante, Griferías de,primera línea. Amenities: Piscina y solárium en el ultimo piso. Para Mas,información comuníquese con nosotros. 2 AMB C/COCH Y AMENITIES IDEAL RENTA,INVERSOR, 1o VIVIENDA!! NO DUDE EN VISITARLO!!/r/n. AVISO LEGAL: Las,descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y,servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron,proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la,visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y,discordancias con las que surgen de los impuestos, tasas y facturas. Las medidas,exactas surgirían de los planos aprobados y del título de propiedad. El,interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la,realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las,copias necesarias de la documentación que corresponda. LEY Nº 5859 - Articulo.,4º: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se,le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince,centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se,encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones,inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. LEY Nº 5115 C.A.B.A.: Artículo,1°.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio,gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener,información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con,discapacidades físicas. Artículo 2°.- Los avisos mencionados en el articulo 1°,incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra
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