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San Nicolás (Capital Federal)
Ausencias de los empleados. Es de las consultas más frecuentes. Ausencias sin aviso previo, con o sin justificativo. Es un incumplimiento de parte del empleado no dar aviso de su inasistencia. La ley lo prevee, puede avisar antes del horario o al día siguiente. ¿Qué pasa si trae un justificativo médico al día siguiente? Se lo puede sancionar porque no avisó. ¿Y si avisa durante la jornada pero no trae certificado médico o justificado alguno? No pudo justificar la causa suficiente para no asistir al trabajo. Acá puede sancionarlo por la falta de aviso pero sí puede sancionarlo porque no trajo justificativo. ¿Y si no aviso y no trajo justificativo? En este caso lo sanciona por falta de aviso y por falta de justificativo. ¿Qué elementos debe contener un certificado médico para que sea válido? Puede ser emitido por hospital público o médico privado. Debe indicar el diagnóstico y en caso de que se indique reposo, por cuántos días. Y que especifique si puede salir o no, si puede salir puede darse el caso de que se trate de un reposo laboral, si no, puede ser un reposo absoluto. Es muy común que ante las ausencias de los empleados los empresarios no sepan qué está previsto en la ley. Por eso lo invitamos a ponerse en contacto con el estudio y evacuar todas las dudas. Atención en Capital Federal y Gran Buenos Aires.
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San Nicolás (Capital Federal)
¿Cómo proceder ante las llegadas tarde? El tema de las llegadas tarde es una cuestión que lleva aparejada sanciones previstas por la ley y por algunos convenios colectivos. El fin de las sanciones es corregir la conducta del trabajador. Queda un antecedente disciplinario sin necesito desvincularlo en un futuro. No importan los minutos, cuanto tiempo, importa desde un segundo, en una sola oportunidad para que se produzca el incumplimiento, ahí debe sancionarlo. Como empresario puede contabilizar las llegadas tarde, para poder aplicar una sanción. Puede sancionarlo a la semana, a la quincena, a fin de mes. Si tiene gran nómina de empleados es más probable que lo tenga que hacer al mes y es importante que lo haga. La llegada tarde no es susceptible de ser compensada para que se quede más tarde, fuera del horario. Pero sí se puede y conviene sancionarlo. La reiteración de llegadas tarde, puede ir agravando las sanciones, hasta llegar al despido. Lo importante es que lo sancione y que dicha sanción quede debidamente documentada. En nuestro estudio estamos para asesorarlos sobre estos temas, dado que alteran su rutina de trabajo y es muy importante saber cómo proceder. Lo esperamos pronto. Atención en Capital Federal y Gran Buenos Aires.
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Córdoba (Córdoba)
ABOGADOS/ Estudio jurídico Comunicate al 351-7-556650 o envianos un mensaje por privado y uno de nuestros asesores se pondrá en contacto de inmediato. • LABORAL • FAMILIA • CIVIL, COMERCIAL • ACCIDENTES DE TRÁNSITO • TRIBUTARIO ¡Hacé valer tus derechos!
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ESTUDIO JURÍDICO/ ABOGADOS Trabajo en negro, despidos, accidentes de trabajo, aguinaldo y vacaciones. Realizá tu consulta y conocé qué derechos te corresponden y te asisten. Comunicate al 351-7-556650 o envianos un mensaje por privado y uno de nuestros asesores se pondrá en contacto de inmediato.
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