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Ley certificado


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Argentina (Todas las ciudades)
El trámite consiste en el cumplimiento de las inspecciones técnicas previstas por la Ley 257/99 para el mantenimiento en buen estado de los...150328926
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Instalador Electricista Habilitado ERSEPCertificado Instalación Apta Ley de Seguridad Eléctrica 10281ProyectosEjecucionElectricidad e Ilumi...165848415
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Adecuación a la Ley Certificado Apto Eléctrico Instalaciones Domiciliarias...160029501
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Argentina (Todas las ciudades)
Certificado Apto Eléctrico Adecuación Ley Instalaciones Eléctricas...160028210
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Argentina (Todas las ciudades)
Certificado Apto Eléctrico Adecuación Ley 10281...160943967
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Certificado Apto Eléctrico Adecuación Ley 10281...160940861
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Argentina (Todas las ciudades)
Certificado Apto Eléctrico Adecuación Ley 10281...163284352
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Certificado Apto Eléctrico Adecuación Ley 10281...165139638
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Argentina (Todas las ciudades)
Certificado Apto Eléctrico Adecuación Ley 10281...165144621
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Argentina (Todas las ciudades)
Certificado Apto Eléctrico Adecuación Ley 10281...172367227
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Argentina (Todas las ciudades)
Certificado Apto Eléctrico Adecuación Ley 10181...172353341
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San Nicolás (Capital Federal)
Ausencias de los empleados. Es de las consultas más frecuentes. Ausencias sin aviso previo, con o sin justificativo. Es un incumplimiento de parte del empleado no dar aviso de su inasistencia. La ley lo prevee, puede avisar antes del horario o al día siguiente. ¿Qué pasa si trae un justificativo médico al día siguiente? Se lo puede sancionar porque no avisó. ¿Y si avisa durante la jornada pero no trae certificado médico o justificado alguno? No pudo justificar la causa suficiente para no asistir al trabajo. Acá puede sancionarlo por la falta de aviso pero sí puede sancionarlo porque no trajo justificativo. ¿Y si no aviso y no trajo justificativo? En este caso lo sanciona por falta de aviso y por falta de justificativo. ¿Qué elementos debe contener un certificado médico para que sea válido? Puede ser emitido por hospital público o médico privado. Debe indicar el diagnóstico y en caso de que se indique reposo, por cuántos días. Y que especifique si puede salir o no, si puede salir puede darse el caso de que se trate de un reposo laboral, si no, puede ser un reposo absoluto. Es muy común que ante las ausencias de los empleados los empresarios no sepan qué está previsto en la ley. Por eso lo invitamos a ponerse en contacto con el estudio y evacuar todas las dudas. Atención en Capital Federal y Gran Buenos Aires.
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Agronomía (Capital Federal)
Incluye: ¡Contactanos! Presupuestos sin cargo. https://www.grupodehl.com/servicios - Servicios de seguridad, higiene y medio ambiente. *Ley 5920, Sistema de autoprotección. *Programa de seguridad en obra *RAR, RGRL *Protocolo ergonomía 886/15 *Protocolo Iluminación, ruido, carga térmica *Protocolo de puesta a tierra *Certificado de tratamiento ignífugo *Capacitación de personal *Carga de fuego *Asesoramiento, actas ministerio de trabajo, art, srt, GCBA *Inspección de establecimientos, auditorias generales en materia de seguridad, higiene y medio ambiente *Edificio seguro CABA *Certificado antisiniestral *Procedimiento de trabajo seguro, *Análisis de trabajo seguro *Planillas de entrega de EPP, altas de ART. *Confección de legajo técnico *Planos contra incendio *Investigación de accidentes *Medición de aparatos sometidos a presión *Medición de materiales particulados *Medición de materiales particulados *Estudio del agua - Medio Ambiente *Inscripción como generador de residuos peligrosos *OPDS, APRA, ADA, AYSA, SAYDS, ACUMAR, AVUS *Declaraciones juradas de efluentes líquidos, gaseosos *Declaración jurada de residuos peligrosos *Estudio de impacto ambiental *Certificado de aptitud ambiental *Certificado de impacto acústico - No Incluye: Sin detalle. - Información Adicional: Agronomía Almagro Balvanera Barracas Belgrano Boedo Caballito Chacarita Coghlano Colegiales Constitución Flores Floresta La Boca La Paternal Liniers Mataderos Monte Castro Monserrat Nueva Pompeya Núñez Palermo Parque Avellaneda Parque Chacabuco Parque Chas Parque Patricios Puerto Madero Recoleta Retiro Saavedra San Cristóbal San Nicolás San Telmo Vélez Sársfield Versalles Villa Crespo Villa del Parque Villa Devoto Villa General Mitre Villa Lugano Villa Luro Villa Ortúzar Villa Pueyrredón Villa Real Villa Riachuelo Villa Santa Rita Villa Soldati Villa Urquiza BUENOS AIRES - ZONA SUR - ZONA NORTE - ZONA ESTE - ZONA OESTE - SALTA - JUJUY - TUCUMAN - ENTRE RIOS - CHUBUT - NEUQUEN - TIERRA DEL FUEGO - CORDOBA - SAN LUIS - SAN JUAN - SANTIAGO DEL ESTERO - Almirante Brown Avellaneda Berazategui Berisso Brandsen Campana Cañuelas Ensenada Escobar Esteban Echeverría Exaltación de la CruzEzeiza Florencio Varela General Las Heras General Rodríguez General San Martín Hurlingham Ituzaingó José C. Paz La Matanza Lanús La Plata Lobos Lomas de Zamora Luján Malvinas Argentinas Marcos Paz Mercedes Merlo Moreno Morón Navarro Pilar Presidente Perón Quilmes San FernandoSan IsidroSan MiguelSan VicenteTigreTres de Febrero Vicente López Zárate
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Córdoba (Córdoba)
En caso de ser víctima de un accidente de tránsito, a quien se le puede reclamar: Al conductor del vehículo responsable del siniestro La persona que conduce el rodado generador del daño, puede ser demandada en juicio civil para que afronte los gastos que requiera la reparación de los vehículos y para que indemnice a las víctimas del choque. Al dueño del vehículo El titular registral será responsable por tratarse de una cosa riesgosa. La ley le impone el deber de prevenir y evitar los daños ocasionados por el vehículo a su cargo. Al seguro del vehículo Siempre y cuando la póliza se encuentre abonada al momento del hecho, y se cumplan los requisitos establecidos en la póliza (ej. No conducir bajo los efectos del alcohol), la compañía aseguradora se hará responsable por los daños y perjuicios que causen los vehículos contratantes. Luego de sufrir un accidente de tránsito, QUE se puede reclamar: Daños materiales: Son aquellos sufridos en los bienes. Principalmente en los vehículos involucrados en el accidente. Daños corporales: Los daños físicos generan una disminución en la capacidad laborativa de las personas, lo cual le producirá necesariamente una merma en sus ganancias posteriores al accidente. Este rubro se reclama como lucro cesante, y su cuantificación dependerá principalmente de tres factores. Edad al momento del hecho(cuanto mas joven la víctima, mayor es la indemnización) Porcentaje de incapacidad, y salario (obviamente cuanto mayor es el ingreso de la víctima, mayor será la suma que podrá reclamar. Daño Moral: Son las afectaciones espirituales, las angustias, el sufrimiento psicológico derivado de un accidente. Puede sufrirlo tanto la víctima como sus seres queridos. Su cuantificación queda a criterio de los jueces, y se determinará en cada caso concreto dependiendo de las circunstancias. REQUISITOS PARA RECLAMAR INDEMNIZACIÓN Cualquier reclamo en compañías de seguro, requiere la siguiente documentación: *Carnet de conducir de quien manejaba al momento del hecho. * Tarjeta verde o título del vehículo * Al menos cuatro fotografías del vehículo en la parte afectada * Denuncia en su seguro (en caso de no tener cobertura es necesario realizar una declaración jurada de ausencia de seguro ante la Policía) * Certificado de cobertura (en caso de tenerla) expedida por su compañía aseguradora * Presupuesto de reparación (material y mano de obra) emitido por un chapista, taller mecánico o casa de repuestos. Con esto se prueba el costo total que requiere arreglar el vehículo. * Certificado médico (en caso de sufrir lesiones) CABE DESTACAR QUE EN CASO DE FALLECIMIENTO, SON SUS HEREDEROS QUIENES PUEDEN RECLAMAR LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS SUFRIDOS, E INCLUSO UNA INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL Y LUCRO CESANTE SI CORRESPONDIERA. EL 99% DE LOS ACCIDENTES DE TRÁNSITO SE PRODUCEN POR ERRORES HUMANOS. Y EN LA MAYORIA DE LOS CASOS EXISTEN INFRACCIONES A LAS NORMAS DE TRÁNSITO. SI ESTAS SE RESPETARAN, EL RIESGO SE REDUCIRIA NOTABLEMENTE. EN LA CIUDAD NADIE RESPETA LOS LÍMITES DE VELOCIDAD EN ESQUINAS, LAS PRIORIDADES DE PASO, LA CAPACIDAD MAXIMA DE LAS MOTOS (1 o 2 PASAJEROS) Y NO SE USAN CASCOS EN VERANO. ESTO SUMADO A LA CONDUCTA TAMBIEN IRRESPONSABLE DE LOS PEATONES, LLEVA A LOS TRISTES RESULTADOS QUE TENEMOS ACTUALMENTE EN NUESTRO PAIS.
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Argentina (Todas las ciudades)
Adecuación a la Ley de Seguridad Eléctrica 10281 *Certificado de Acto Eléctrico *Mantenimiento *Urgencias *Te: 351-7660412 (Wathssap)
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San Carlos-Córdoba (Córdoba)
ELECTRICIDAD SEGUN LEY PROVINCIAL ERSEP 10.281 3541679240 Certificado de Instalacion Apta ?Instalaciones Comerciales ?Instalaciones Domiciliarias ?Puesta a Tierra ?Tableros Asesoramiento Garantia ?Refrigeracion Instalacion de Aire acondicionado Reparacion VISITA NUESTRA PAGINA WEB¡
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San Francisco (Córdoba)
Importante empresa de seguridad ubicada en la ciudad de Bell Ville inicia nueva búsqueda de personal para ocupar el cargo de Guardia de seguridad en la localidad de Las Varillas. Estamos en búsqueda de una persona responsable, proactiva, con carácter firme y con muy buenas relaciones interpersonales. Requisitos: •Edad: entre 27 y 40 años. •Disponibilidad horaria full time para realizar turnos rotativos. •Conocimiento básico de Excel. •Movilidad propia. •Certificado de buena conducta. •Experiencia comprobable. Entre las tareas relacionadas a los puestos vacantes se destacan las labores como guardia en diferentes objetivos, control de ingresos y egresos, eventuales chequeos y revisión de cámaras de seguridad. El empleador garantiza excelentes condiciones de contratación para aquellos postulantes que cuenten con un perfil apto, así como también una remuneración acorde a la ley.
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