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PH DE 3 AMBIENTES CON BALCÓN LA BOCA CAPITAL FEDERAL PH en primer piso por escalera, lateral. Muy amplio, luminoso. Sin Expensas. Posee: Hall de enrtada, 2 dormitorios, cocina comedor, baño y 2 balcones. Buen estado general. Sin expensas. Próximo a Av. Alte. Brown y Av. Benito Perez Galdos, Usina de las Artes, Hospital Argerich y Parque Lezama, por la zona circulan varias lineas de colectivo como la 8, 20, 25, 29, 33, 46, 53, 64, 86, 152, 130 y 168. REQUISITOS: GARANTIA PROPIETARIA / SEGURO DE CAUCIÓN + ACREDITACIÓN DE INGRESOS + 2 MESES DE DEPOSITO + 1 MES DE ANTICIPO. *** A LA FUERZA DE SEGURIDAD SOLO ALQUILAMOS CON RECIBOS DE SUELDO *** AUMENTO SEMESTRAL SBI Propiedades Av. Alte. Brown 875 CABA Tel: (011) 4361-5729 www.sbipropiedades.com.ar sbiinmobiliaria@hotmail.com LEY N° 2.340 ARTÍCULO 11°.- DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTÍCULO 57°.- Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY N° 3.588 ARTÍCULO 1°.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2°, y 57 de la Ley N° 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. ARTÍCULO 2°.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales N° 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la LEY N° 757 ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, etc. LEY 5.859 de C.A.B.A. ARTÍCULO 4°.- Como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".- XINTEL(SBI-SBI-578)Leer más
$ 16.000
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Alquiler de Local en Boca, Capital Federal Local en buen estado, excelente ubicación a metros de Av Almirante Brown. Zona comercial, bajas expensas. REQUISITOS: GARANTIA PROPIETARIA DE CABA + 2 MESES DE DEPOSITO + 1 MES DE ANTICIPO + COMISIÓN. AUMENTO SEMESTRAL DEL 16 %, 17 %. SBI Propiedades (011) 4361-5729 sbiinmobiliaria@hotmail.com www.sbipropiedades.com.ar Av. Alte. Brown 875 - 1155 LEY 2340 ARTICULO 11 - DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTICULO 57 Artículo 57 - Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY Nº 3.588 Artículo 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley Nº 757. Artículo 3º.- Comuníquese, etc. SBI Propiedades (011) 4361-5729 Av. Alte. Brown 875 - CABA sbiinmobiliaria@hotmail.com www.sbipropiedades.com.ar XINTEL(SBI-SBI-619)ID: SBI-SBI-619
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DEPARTAMENTO DE 2 AMBIENTES EN ALQUILER EN SAN NICOLAS, CAPITAL FEDERAL Depto. de 2 ambientes compuesto por: Comedor, dormitorio con placar, cocina y baño. Muy buen estado. Piso 4. Al frente. Muy luminoso y aireado. Sobre Av. Córdoba y a 80 mtrs de la 9 de Julio. Expensas $5.200. "APTO PROFESIONAL" o vivienda, Excelente ubicación, por la zona circulan varias lineas de colectivo como la 5, 6, 9, 10, 17, 23, 26, 29, 39, 45, 59, 60, 67, 70, 75, 99, 100, 101, 106, 108, 109, 111, 115, 129, 132, 140, 150, 152 y 180, subtes LAVALLE (Línea C), SAN MARTIN (Línea C). Aire acondicionado. Buen estado General. --- AUMENTO SEMESTRAL DEL 17% --- REQUISITOS: GARANTIA PROPIETARIA DE CABA + ACREDITACIÓN DE INGRESOS + UN MES DE DEPOSITO + UN MES DE ANTICIPO SBI Propiedades (011) 4361-5729 sbiinmobiliaria@hotmail.com www.sbipropiedades.com.ar Av. Alte. Brown 875 - CABA LEY 2340 ARTICULO 11 - DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTICULO 57 Artículo 57 - Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY Nº 3.588 Artículo 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley Nº 757. Artículo 3º.- Comuníquese, etc. XINTEL(SBI-SBI-509)ID: SBI-SBI-509
$ 15.000
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PH DE 2 AMBIENTES EN ALQUILER LA BOCA CAPITAL FEDERAL PH en planta baja, interno. Compuesto por: cocina comedor, baño, dormitorio y patio. Luminoso y aireado. Buen estado. A 300 mtrs de Av. Reg. Patricios, por donde circulan varias líneas de colectivos. Sin expensas. REQUISITOS: 1 MESES DE DEPOSITO + 1 MES DE ANTICIPO. --- A LA FUERZA DE SEGURIDAD SOLO ALQUILAMOS CON RECIBOS DE SUELDO --- SBI Propiedades Tel. (011) 4361-5729 sbiinmobiliaria@hotmail.com www.sbipropiedades.com.ar Av. Alte. Brown 875, CABA - CP 1155 LEY 2340 ARTICULO 11 - DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTICULO 57 Artículo 57 - Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY Nº 3.588 Artículo 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley Nº 757. Artículo 3º.- Comuníquese, etc. Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.: como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley Nº 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".- XINTEL(SBI-SBI-551)ID: SBI-SBI-551
$ 14.000
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Venta de Departamento 2 AMBIENTES en Boca, Capital Federal Depto. en tercer piso, Frente. Compuesto por: hall, cocina, comedor, un dormitorio, baño y balcón muy amplio, muy buena vista. Excelente estado. A 50 mtrs de Av. Alte. Brown, por donde circulan varias líneas de colectivos como la Nº 8, 25, 29, 33, 46, 53, 64, 86, 129, 130, 152, 159 y 168, también próximo a Usina de las Artes, Hospital Argerich, Parque Lezama y Metro bus, estación Retiro y Constitución a 15 minutos. SBI Propiedades Tel. (011) 4361-5729 sbiinmobiliaria@hotmail.com www.sbipropiedades.com.ar Av. Alte. Brown 875, CABA - CP 1155 LEY 2340 ARTICULO 11 - DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTICULO 57 Artículo 57 - Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY Nº 3.588 Artículo 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley Nº 757. Artículo 3º.- Comuníquese, etc. Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.: como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley Nº 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes
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LOCAL COMERCIAL EN VENTA BARRACAS CAPITAL FEDERAL Hermoso local, refaccionado a nuevo, posee un salón comercial con vidriera, pequeña cocina y baño con ducha. Próximo a Av. Regimiento de Patricios, Av. Montes de Oca y Av. Iriarte. Apto todo destino, ideal oficina comercial y o consultorio. SBI Propiedades Tel. (011) 4361-5729 sbiinmobiliaria@hotmail.com www.sbipropiedades.com.ar Av. Alte. Brown 875, CABA - CP 1155 LEY 2340 ARTICULO 11 - DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTICULO 57 Artículo 57 - Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY Nº 3.588 Artículo 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley Nº 757. Artículo 3º.- Comuníquese, etc. XINTEL(SBI-SBI-432)ID: SBI-SBI-432
$ 60.000
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Venta de Departamento 4 AMBIENTES SEMIPISO en La Boca, Capital Federal. El Depto consta de 4 Ambientes (UNA DE ELLAS EN SUIT), con balcón, frente, muy luminoso y aireado.CON DEPENDENCIA DE SERVICIO una de las HABITACIONES EN SUITE Y 3 BAÑOS EN TOTAL Y COCHERA CUBIERTA. Próximo la Av. Alte. Brown por donde circulan varias líneas de colectivo como ser línea 20, 25, 29, 33, 46, 53, 64, 130, 152, 159, 168 y también próximo a metrobus. Estación Retiro y Estación Constitución a 15 minutos de. Se encuentra a pocas cuadras de la Usina de las Artes, Hospital Argerich y Parque Lezama. SBI Propiedades (011) 4361-5729 sbiinmobiliaria@hotmail.com www.sbipropiedades.com.ar Av. Alte. Brown 875 - CABA. LEY Nº 2.340 ARTÍCULO 11º.- DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTÍCULO 57º.- Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY Nº 3.588 ARTÍCULO 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. ARTÍCULO 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la LEY Nº 757 ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, etc. LEY 5.859 de C.A.B.A. ARTÍCULO 4º.- Como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley Nº 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
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PH 2 AMBIENTE EN ALQUILER BARRACAS CAPITAL FEDERAL PH de 2 amb. Planta baja. Contrafrente. Buen estado. Luminoso. Compuesto por: Cocina, comedor y baño. El PH no posee gas natural. Sin expensas. 25 m2. 1 MES DE ANTICIPO + 1 MES DE DEPOSITO + COSTOS DE INFORMES. SBI Propiedades (011) 4361-5729 sbiinmobiliaria@hotmail.com www.sbipropiedades.com.ar Av. Alte. Brown 875 - CABA LEY 2340 ARTICULO 11 - DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTICULO 57 Artículo 57 - Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY Nº 3.588 Artículo 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley Nº 757. Artículo 3º.- Comuníquese, etc. Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.: como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado seg?n Ley N? 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita v?a páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios ser? el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestor?a de informes". XINTEL(SBI-SBI-149)ID: SBI-SBI-149
$ 14.000
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Venta de Departamento 3 AMBIENTES en Boca, Capital Federal El Dpto consta de 3 Ambientes interno, Excelente estado, muy luminoso y aireado. Próximo la Av. Alte. Brown por donde circulan varias líneas de colectivo como ser línea 20, 25, 29, 33, 46, 53, 64, 130, 152, 159, 168 y también próximo a metrobus. Estación Retiro y Estación Constitución a 15 minutos de. Se encuentra a pocas cuadras de la Usina de las Artes, Hospital Argerich y Parque Lezama. SBI Propiedades (011) 4361-5729 sbiinmobiliaria@hotmail.com www.sbipropiedades.com.ar Av. Alte. Brown 875 - CABA. LEY Nº 2.340 ARTÍCULO 11º.- DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTÍCULO 57º.- Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY Nº 3.588 ARTÍCULO 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. ARTÍCULO 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la LEY Nº 757 ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, etc. LEY 5.859 de C.A.B.A. ARTÍCULO 4º.- Como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley Nº 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
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Venta de Casa 3 AMBIENTES en Boca, Capital Federal Departamento tipo PH, 3 ambientes, entrada independiente, comedor, dos dormitorios, amplica cocina y baño. Sin expensas. Excelente ubicación.Próximo a Av Regimiento de Patricios por donde circulan varias líneas de colectivo como ser línea 10,22,24,25,33,39 y también próximo a metrobus. Estación Retiro y Estación Constitución a 15 minutos. SBI Propiedades (011) 4361-5729 sbiinmobiliaria@hotmail.com www.sbipropiedades.com.ar Av. Alte. Brown 875 - CABA. LEY Nº 2.340 ARTÍCULO 11º.- DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTÍCULO 57º.- Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY Nº 3.588 ARTÍCULO 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. ARTÍCULO 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la LEY Nº 757 ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, etc. LEY 5.859 de C.A.B.A. ARTÍCULO 4º.- Como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley Nº 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
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Venta de Departamento 2 AMBIENTES en San Telmo, Capital Federal Depto. amplio y luminoso. Muy buen estado general. Posee un dormitorio, comedor, cocina, baño completo. Se encuentra próximo a la Av 9 de Julio y Av Paseo Colón. Expensas $3.100. SBI Propiedades www.sbipropiedades.com.ar sbiinmobiliaria@hotmail.com Tel: (011) 4361-5729 Av. Alte. Brown 875 - CABA LEY Nº 2.340 ARTÍCULO 11º.- DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTÍCULO 57º.- Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY Nº 3.588 ARTÍCULO 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. ARTÍCULO 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la LEY Nº 757 ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, etc. LEY 5.859 de C.A.B.A. ARTÍCULO 4º.- Como inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley Nº 5666) el siguiente texto: Hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda:
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Alquiler de Departamento 2 AMBIENTES en Boca, Capital Federal Distrito de las Artes Capital Federal Departamento de 2 ambientes, lateral. Muy buena ubicación a una cuadra de la Av. Pedro de Mendoza, a 100 mts del pleno centro comercial del barrio. Próximo a Av. Alte. Brown y Av. Regimiento de Patricios, Usina de las Artes, Parque Lezama y Hospital Argerich. Por la zona circulan varias líneas de colectivo como líneas 8, 20, 25, 29, 33, 46, 53, 64, 86, 129, 130, 152, 159, 168. El departamento posee un dormitorio amplio, un comedor, cocina y baño. El piso del dormitorio es de parquet. REQUISITOS: GARANTIA PROPIETARIA DE CAPITAL FEDERAL + ACREDITACIÓN DE INGRESOS + 1 MES DE ANTICIPO + 1 MES DE DEPOSITO. --- Fuerzas de seguridad solo con recibo de sueldo --- SBI Propiedades Tel. ******** ******** ******** Av. Alte. Brown 875, CABA - CP 1155 LEY 2340 ARTICULO 11 - DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTICULO 57 Artículo 57 - Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY Nº 3.588 Artículo 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la Ley Nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales Nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley Nº 757. Artículo 3º.- Comuníquese, etc. (SBI-SBI-818)
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Ghiggia Beneito Asesoría Inmobiliaria Vende Casa en B° Rincón Club de Campo sobre calle las Avutardas – Neuquén Capital Antigüedad: 22 años aprox Sup Cubierta: 226 m2Sup Lote: 600m2 PB: living/ comedor c/ estufa hogar, cocina c/ lavadero, 2 dormitorios con placares, baño completo con ante baño y dormitorios de servicio con baño privado, garage/ quincho con parrilla, parque, galería con parrillaPA: 1 dormitorio en suite con placard.Calefacción por radiadores, pisos cerámicos en dormitorios y baños, porcellanato en quincho, cocina y living/comedor, aberturas en madera.Actualmente la propiedad se encuentra con renta.Su ubicación dentro del barrio es privilegiada ya que se encuentra en cercanía a los mayores amenitties (piscina, SUM, canchas de tenis, plaza etc) por lo que no es necesario la utilización de un vehículo para acceder a los mismos.Se toman departamentos en Neuquén como parte de pago AMENITIES/SERVICIOS •SEGURIDAD 24 HORAS C/CONTROL DE INGRESO Y EGRESO •CANCHA DE GOLF – FRONDOSO ARBOLADO •PILETA C/SERVICIO GUARDAVIDAS en temporada •SUM C/PARRILLAS /BAÑOS - EVENTOS •EQUITACION - CABALLERIZAS •CLUB HOUSE – RESTAURANT - EVENTOS EMPRESARIALES •CANCHAS DE TENIS – CLASES •CANCHAS DE FUTBOL •SECTOR JUEGOS INFANTILES •GIMNASIO •WEBMALL PARA USUARIOS AUTORIZADOS •ALUMBRADO PUBLICO •CALLES ASFALTADAS - CONTROL DE VELOCIDAD (30 max.) •CLOACAS (en proceso de instalación) • ADMINISTRACIÓN •REGLAMENTO DE CONVIVENCIA CONTACTO: Karina Beneito, Cel: 299 – 4385278 – Email: Todas las operaciones inmobiliarias son supervisadas por el Martillero Publico Daniel M. Ghiggia MP 075 – Nqn, conforme Leyes Nacionales 20.266, 22.802, 24.240 y Provincial 2538Contacto:Mails: léfonos:(95838 - (85278Martillero Publico Daniel M.Ghiggia Matricula 075 - Colegio de Martilleros y Corredores Publicos de la Prov de Neuquen
$ 630.000
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Ghiggia Beneito Asesoría Inmobiliaria, ofrece en #Alquiler #Monoambiente / #Oficina en torre Home sobre calle San Martin 54 #Cipolletti. #Patagonia Home & Office realizado por ASPA Desarrollos. Es un complejo de 2 torres independientes. La torre Office cuenta con PB + 5 niveles. (solo para uso profesional) La torre Home cuenta con PB + 11 niveles. (uso profesional y vivienda) PATAGONIA HOME & OFFICE, es un complejo de 2 edificios independientes para uso profesional o residencial en pleno centro de Cipolletti. La UF disponible en ofrecimiento se encuentran dentro de Torre Home (PB + 11 pisos) con vista al contra frente de Torre Office (PB + 5 pisos) misma orientación (Sur) con la versatilidad de poder brindarle utilización para vivienda o profesional. Edificio confortable con doble ascensor y distinguido hall de acceso La Unidad Funcional dispone de 32m2 propios con amplio ventanal al frente usos posibles Vivienda u Oficina con aberturas en doble vidrio de aluminio blanco y cortinado a medida. Cuenta con Termo tanque eléctrico, conexión para lavarropas, gabinete para el guardado de productos de limpieza, anafe eléctrica, spar, alacena y bajo mesada, mesada de granito gris mara con bacha de acero inoxidable Johnson ropero con interior y cajoneras, equipo de Split frio calor para calefacción y refrigeración de la propiedad Baño completo con espejo y vanitory. Portero visor. Sin cochera Grupo Familiar conviviente hasta 2 personas, no se admiten mascotas. - Valor del alquiler: $16.500 - Actualización anual REQUISITOS - Mes de Alquiler $16.500 - Depósito en garantía $16.500 (hasta en 2 cuotas) - 50% Sellado del contrato - Honorarios de la Inmobiliaria DOCUMENTACION - Recibo de sueldo de Locatario y garante superior a $60.000 - DNI de ambos CONTACTO: Karina Beneito, Cel: 299 4385278 Email: Todas las operaciones inmobiliarias son supervisadas por el Martillero Publico Daniel M. Ghiggia MP 075 Nqn, conforme Leyes Nacionales 20.266, 22.802, 24.240 y Provincial 2538
$ 16.500
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Neuquén (Neuquén)
Ghiggia Beneito Asesoría Inmobiliaria ofrece en venta Dúplex de 2 dormitorios en Bo Altos de Ruca Che Neuquén capital La propiedad posee una superficie cubierta de 80. 44m2 y se encuentra sobre un terreno en esquina de 119m2 y una antiguedad aproximada de 9 años Su orientación es Noroeste por lo que posee amplia luminosidad y ventilación natural en todos sus ambientes dúplex 2 dormitorios en esquina con jardín de frente, entrada vehicular lateral y parrilla, calle enripiada. PB: Acceso por livingcomedor, cocina separada con conexión para lavarropas automático y toilette PA: 2 dormitorios ambos con placard, el dormitorio principal cuenta con baulera y Split Características: aberturas DVH color blanco, cocina con alacena y bajo mesada, calefacción por calefactores en todos los ambientes, sistema de alarma X28 incorporado, seguro y muy luminoso. Situación Jurídica: Escritura títulos perfectos - Impuestos al día Forma de pago: contado en pesos o en dólares, se analiza la toma de propiedad en zona centro de Neuquén tipo dpto. de 1 dormitorio. Actualmente se encuentra con renta hasta Septiembre 2021 con una renta actual de $24. 000 con incrementos semestrales del 20% La propiedad se haya en intersección de calles Casilda y Fittipaldi, A 30 minutos del Centro de la ciudad por calles Antártida Argentina, San Martín yo República de Italia altura al 4. 200, cercano a Estadio Ruca Che, 300mtrs de supermercado Carrefour, 150 mtrs del eje de calle Godoy entre San Martín y Avenida del trabajador que cuenta con comercios de diversos rubros (indumentaria, comestibles, etc) farmacias, sucursal BPN, delegación ISSN, Estaciones de servicios, estudios jurídicos y contables, jardines de infantes, colegios primarios y secundarios. CONTACTO: Karina Beneito, Cel: 8 Email: Todas las operaciones inmobiliarias son supervisadas por el Martillero Publico Daniel M. Ghiggia MP 075 Nqn, conforme Leyes Nacionales 20. 266, 22. 802, 24. 240 y Provincial 2538
$ 75.000
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Neuquén (Neuquén)
Ghiggia Beneito Asesoría Inmobiliaria Vende Casa en B Rincón Club de Campo sobre calle las Avutardas Neuquén Capital Antiguedad: 22 años aprox Sup Cubierta: 226 m2 Sup Lote: 600m2 PB: living comedor c estufa hogar, cocina c lavadero, 2 dormitorios con placares, baño completo con ante baño y dormitorios de servicio con baño privado, garage quincho con parrilla, parque, galería con parrilla PA: 1 dormitorio en suite con placard. Calefacción por radiadores, pisos cerámicos en dormitorios y baños, porcellanato en quincho, cocina y livingcomedor, aberturas en madera. Actualmente la propiedad se encuentra con renta. Su ubicación dentro del barrio es privilegiada ya que se encuentra en cercanía a los mayores amenitties (piscina, SUM, canchas de tenis, plaza etc) por lo que no es necesario la utilización de un vehículo para acceder a los mismos. Se toman departamentos en Neuquén como parte de pago AMENITIESSERVICIOS SEGURIDAD 24 HORAS CCONTROL DE INGRESO Y EGRESO CANCHA DE GOLF FRONDOSO ARBOLADO PILETA CSERVICIO GUARDAVIDAS en temporada SUM CPARRILLAS BAñOS - EVENTOS EQUITACION - CABALLERIZAS CLUB HOUSE RESTAURANT - EVENTOS EMPRESARIALES CANCHAS DE TENIS CLASES CANCHAS DE FUTBOL SECTOR JUEGOS INFANTILES GIMNASIO WEBMALL PARA USUARIOS AUTORIZADOS ALUMBRADO PUBLICO CALLES ASFALTADAS - CONTROL DE VELOCIDAD (30 max. ) CLOACAS (en proceso de instalación) ADMINISTRACIóN REGLAMENTO DE CONVIVENCIA CONTACTO: Karina Beneito, Cel: 8 Email: Todas las operaciones inmobiliarias son supervisadas por el Martillero Publico Daniel M. Ghiggia MP 075 Nqn, conforme Leyes Nacionales 20. 266, 22. 802, 24. 240 y Provincial 2538
$ 570.000
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Cristian Miranda - 266 4273436. E-mial: panaceico@gmail.com Ubicación: Ruta Prov. N° 4. A 16 km de Candelaria y 11 km de balde de Escudero camino de tierra; 35 km de Quines; 180 km de San Luis. 15 km Ruta Prov. Nº 79 y 18 km Ruta Nac. Nº 20 Superficie: 714 ha Aptitud: Ganadero Descripción: Muy buen acceso. Casa para encargado de material, de 75 metros cubiertos, con 4 ambientes, 2 dormitorios, cocina y baño. Alambrado perimetral - regular Un molino de viento - 1 Dos represas Corrales de madera - 3 La telefonía celular tiene área de cobertura en la casa. Electricidad rural (el tendido pasa en frente). Aptitud: campo con aptitud ganadera, apto para cría. 650 hectáreas de montes de algarrobo y quebracho y pastos naturales. Estudios realizados en la Cuenca Llanura Norte determinaron que la zona de Balde de Quines es apta para agricultura. Además, se encuentra ubicado en la denominada ?Zona Verde? ? 320 ha ? y ?Zona Amarilla? ? 394 ha. - de los mapas forestales levantados para el cumplimiento de las leyes nacionales y provinciales sobre desforestación, es decir, que está ubicado en una localización donde está autorizado el desmonte sin restricciones. Régimen de lluvias: 400-500 mm anuales. Cuenta con cantidad y ?calidad? de agua subterránea, cito estudio que lo determina así. ?Evaluación de posibilidades físicas y económicas de riego con aguas subterráneas en la Provincia de San Luis?. 2000 Documentación La propiedad esta escriturada, Título perfecto. Valor de la ha. U$S 1.300
$ 130
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Argentina (Todas las ciudades)
GHIGGIA BENEITO Asesoría Inmobiliaria, OFRECE En #Venta MONOAMBIENTE AMOBLADO para vivienda u #Oficina en TORRE HOME sobre calle San Martin 54 – #Cipolletti. En Complejo #Patagonia Home & Office construido por ASPA Desarrollos. PATAGONIA HOME & OFFICE, es un complejo para uso profesional o residencial en pleno centro de la Ciudad Cipolletti. Con 2 torres independientes. La torre Office cuenta con PB + 5 niveles. (solo para uso profesional) al frente La torre Home cuenta con PB + 11 niveles. (uso profesional y vivienda) al contrafrente Edificios modernos con doble ascensor con hall de acceso de diseño Y portero visor. La Unidad Funcional a la venta forma parte de la Torre Home en el 5to piso, con vista al contrafrente de Torre Office. Dispone de 32,6 m2 propios con amplio ventanal al frente. Con aberturas en doble vidrio de aluminio blanco y cortinado a medida. Cuenta con Termo tanque eléctrico, lavarropas. Anafe y horno eléctrico, heladera, spar, alacena y bajo mesada. Mesada de granito gris mara con bacha de acero inoxidable “Johnson”. Divide el espacio de cocina, mueble a medida con doble frente. Un frente como cristalero (cocina) y el otro frente como placard con interior y cajoneras. Posee Equipo de Split frio – calor para calefacción y refrigeración de la propiedad. Cuenta con mobiliario incorporado de, una mesa estilo nórdico con 4 sillas, TV Led, Rack de TV con escritorio, 2 sommier de 1 plaza, y mesa de luz. Todos los artefactos y mobiliario enunciado forma parte del precio de venta. El baño es compartimentado. Completo, con espejo, vanitory y gabinete de guardado en ante baño. En el espacio cerrado restante, sanitarios y ducha. No posee cochera La unidad se transfiere CON MOBILIARIO INCLUIDO, Ideal para alquiler temporal. O, para vivienda por 3 años con una renta estimada a Sept 2022 de $60.000 mensuales para el primer año. Tambien disponible a la venta una unidad igual y en identicas condiciones a la descripta en el 6to Piso. CONTACTO: Karina Beneito, Cel: 299 – 4385278 – Email: ******** Todas las operaciones inmobiliarias son supervisadas por el Martillero Publico Daniel M. Ghiggia MP 075 – Nqn, conforme Leyes Nacionales 20.266, 22.802, 24.240 y Provincial 2538
$ 42.000
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Mar del Plata (Buenos Aires)
Hermoso Dúplex en 2 plantas sobre Avenida de Las Olimpiadas, a 10 minutos del centro de la ciudad. El mismo cuenta con 3 dormitorios, cocina, baño completo, toilette, living, comedor y quincho con parrilla. Una de las tantas virtudes de la propiedad es el excelente estado de conservación de la fachada de ladrillo, que con el pasar del tiempo obtiene ese color rojizo gastado tan cautivador, que nos recuerda ese estilo de la típica casa inglesa del siglo XV. La propiedad se encuentra a 2 cuadras del “Parque Municipal de los Deportes”, uno de los centros deportivos más completos del país, escenario de encuentros nacionales e internacionales de primer nivel. Entre otros, se destacan el Estadio "José María Minella", que fue una de las sedes del Campeonato Mundial de Fútbol de 1978, el complejo natatorio, el Estadio Polideportivo Islas Malvinas, el complejo velódromo-cancha de Hockey, canchas de tenis y una gran pista de atletismo. En sus alrededores podemos encontrar múltiples medios de transporte públicos, el CEMA (Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias), la Comisaría Distrital 16, y la histórica Avenida Juan B. Justo, centro comercial a cielo abierto por excelencia, donde se produce y comercializa indumentaria de primer nivel, además, una excelente opción para pasear los fines de semana. Agente Inmobiliario: Alejandro Fiorentino www.remax.com.ar/agent/alejandro-fiorentino afiorentino@remax.com.ar +54 9 223 550-2004 Soy parte del equipo Remax feliz en mar del plata, corredor matriculado responsable Ariel M. Simone. Reg. 3781 En cumplimiento de la leyes provinciales vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de los corredores públicos inmobiliarios colegiados, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria. Todas las propiedades que figuran en el perfil se encuentran a cargo del profesional matriculado de la oficina, la intermediación y la conclusión de las operaciones serán llevadas exclusivamente por él. Expensas: 0 Ref#694260 Precio: 49900.00 USD
$ 49.900
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4 fotos
Argentina (Todas las ciudades)
DEPARTAMENTO SEMIPISO - 43 e/ 4 y 5 Amplio semipiso en PH.1o piso x escalera.5 ambientes (3 de ellos al frente).2 dormitorios grandes (con ventanas al fte). Incluyen placards de doble altura y buena calidad.Gran living comedor con ventanal a la calle. 2 baños (1 toilette) con muebles a medida.Cocina con doble mesada y mucha luminosidad + comedor diario.Despensa o posible Estudio/3o dormitorio.Reciclado íntegramente a nuevo con materiales de calidad (incluyendo instalación eléctrica y plomería).Gran luminosidad con entrada de sol o luz natural en todos sus ambientes. Ventilación cruzada.Pisos de parquet Caldén originales en óptimas condiciones. Split F/C y calefacción a gas.2 puertas de entrada para mayor comodidad de acceso.Edificio con PB, 2 pisos y 1 gran terraza de uso compartido. Ubicado a 100 mts de Terminal de ómnibus, a 100 de la parada de todas las líneas de micros, a 300 de la Estación de Trenes y a 500 o 600 mts de los principales organismos administrativos municipales, provinciales y nacionales.Posibilidad de cochera en alquiler a 50 mts. Propiedad lista para escriturar. De conformidad a las leyes provinciales vigentes que regulan el corretaje inmobiliario y a la Ley Nacional 25.028, la Ley 22.802 de Lealtad Comercial, la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y de la Constitución provincial y nacional, los agentes/asesores inmobiliarios independientes no ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias y la documentación labrada objeto de la intermediación y los contratos que se realicen, son siempre realizados por parte del martillero y corredor público colegiado según su jurisdicción. Sebastián Pablo Mocoroa - Departamento Judicial de La Plata: Col Nro. 6373. GIAMPIETRO keymex - Martillera: Luisina Giampietro CUCICBA Mat. 7870.
$ 69.000
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