Sgto j b cabral
Listado top ventas sgto j b cabral
Argentina (Todas las ciudades)
VENTA DE LOTE EN TRISTAN SUAREZ UBICADO EN LA CALLE SARGENTO CABRAL AL 300 ENTRE SAAVEDRA Y ROCA, A 2 CUADRAS DE LA CANCHA DE TRISTAN SUAREZ Y A 4 DE LA ESTACION DE FERROCARRIL MEDIDA DE LOTE: 12X39
$ 40.000
Ver aviso
Cañuelas (Buenos Aires)
Sgto Cabarl 1066, Bº Rucanay, Cañuelas. En Venta o Alquiler ! Linda casa compuesta de: Living comedor, cocina, 3 dormitorios, baño, amplio garage,pileta de natación. Todos Los servicios. Aviso publicado a través de Pixel Inmobiliario (Servicio de Páginas Web para Inmobiliarias).
Ver aviso
4 fotos
Argentina (Todas las ciudades)
“CARINA DROZD gestiones inmobiliarias” VENDE CASA CON LOCAL/ SALON COMERCIAL Y DEPOSITO!! Ubicadísimos! calle SAAVEDRA 336, entre calles Sáenz Peña y Sgto Cabral; cerca PLAZA DEPARTAMENTAL de Las Heras y del Polideportivo. SUPERFICIE: 480 m2 Terreno- 270 m2 Cubiertos (170 m2 Cub. Salón mas Depósito- 100m2 Casa)-Patio 210 m2- 13 m de Frente. Orientación Norte. Consta de: LOCAL/ SALON y DEPOSITO/ Multicocheras, FRONTALES (con Baño y Depósito). Muy luminoso! Luz Trifásica. Aberturas con rejas. Antigüedad: 35 años- CASA en 1 Planta. Contrafrente. Consta de: COCINA-COMEDOR con amoblamientos- LIVING-COMEDOR- 3 DORMITORIOS- 1 BAÑO completo- LAVANDERIA Independiente- Calefactor y A.A.- PATIO/ JARDIN parquizado- TERRAZA que cubre toda la Casa. Aberturas con rejas. Antigüedad: 43 años. VALOR: U$S 65.000 - Se escuchan OFERTAS por pago contado. FINANCIACION Propia, a conversar. PERMUTAS en parte de pago, por Lote o Vehículo.
Ver aviso
Argentina (Todas las ciudades)
Amplia propiedad a la venta ubicada en un tranquilo Pasaje del B° 17 de Agosto. Cerca de todo; Bvd. Sgto. Cabral, Polideportivo municipal, supermecados, farmacia, Av, San Martín, vecinal, gimnasios, escuelas, etc. Compuesta de pequeño jardín al frente, hall de ingreso, living, comedor, cocina comedor, 3 habitaciones, dos baños, galeria, parrillero y patio verde al fondo. Excelente ubicación y precio.
$ 140.000
Ver aviso
Mar del Plata (Buenos Aires)
Excelentes 3 lotes para edificar. 1125 m2 26x43.30 Posibilidad de canjear por metros en su totalidad. 6.6.4 DISTRITO RESIDENCIAL R4 CARACTER: Zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivas.- DELIMITACIÓN: Según plano de zonificación.- SUBDIVISIÓN: - Unidad Mínima de Parcela: Frente mínimo de veinte metros (20.00m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2).- INDICADORES BÁSICOS: - F.O.S. máximo sobre cota de parcela: 0.6 - F.O.T. máximo uso residencial: - F.O.T. máximo otros usos: - Densidad poblacional neta máxima: - Incremento del F.O.T. y Densidad: 1.2 0.8 450 hab/Ha.(0.045 hab/m2).- de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%. ESPACIO URBANO: Deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondiente. El centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcela.- USOS PERMITIDOS: Además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del Capítulo 5.- TIPOLOGÍA EDILICIA: Se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libre.- DISPOSICIONES PARTICULARES: (Ordenanza 20304) a) EDIFICIOS ENTRE MEDIANERAS Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: planta baja y 3 pisos superiores frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente.- b) EDIFICIOS DE SEMIPERÍMETRO LIBRE Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: planta baja y 3 pisos superiores frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente.- Retiro lateral obligatorio: mínimo 3.15 m. a eje divisorio.- c) EDIFICIOS DE PERÍMETRO LIBRE Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: Planta baja y 3 pisos superiores frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente. - Retiro lateral obligatorio: mínimo 3.15 m. a ejes divisorio.- 6.6.4.1 CASO ESPECIAL a) Los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (4.00m).- b) Las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: Beruti, Olazábal- Derqui, Avda. Constitución (excluidas las parcelas frentistas), José Marmol, F. Acosta, D. Rocha, J. Cardiel, Liniers, M. Strobel, Charlone, Santa Cruz y Cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6.6.4 “Indicadores Básicos” respecto del Factor de Ocupación Total (F.O.T.) y la Densidad Poblacional Neta Máxima (Dn.), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelaria. Las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: Olavarría, San Lorenzo, Sarmiento, Avellaneda, Tucumán, Rawson, Las Heras, Garay, Sarmiento y Rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un Factor de Ocupación de Suelo (FOS) menor o igual 0,5. En las parcelas frentistas a las calles Bernardo de Irigoyen (acera par) entre Primera Junta y Almafuerte, y Primera Junta (acera par) entre Leandro N. Alem y Bernardo de Irigoyen, no será de aplicación el artículo 3.2.9.3 del C.O.T. inherente a “Altura Máxima de Edificación con Planta Baja Libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de Planta Baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existente.” (Ordenanza 21040) Analisis lote 25,98 FOS 0,50 FOT base 43,30 1.124,93 562,47 1,20 0,025 0,25 0,030 0,00 0,030 0,03 0,10 0,10 1,48 1,00 1,78 0,045 0,067 ancho de parcela retiros laterales retiro voluntario LFI Retiro Frente Obl. fos 0,50 espacio público unificación premios total promocion FOT final Densidad base Densidad final Plano limite PLANTEO plantas m2 / planta hab / planta unidades m2 / unidad hab / unidad 10,00 0,00 1,00 MAX 0,25 MAX 0,30 MAX 0,15 distrito R4 M2 computables 1.997,88 Habitantes Planta baja + 3 pisos superiores 74,92 Plantas 3,00 4 5,00 4 499,47 18,73 20,00 99,89 3,75 Sauro Propiedades Expensas: 0 - Agua corriente - Desagüe cloacal - Gas natural - Pavimento - Teléfono - Luz Ref#598982 Precio: 400000.00 USD
$ 400.000
Ver aviso
2 fotos
Mar del Plata (Buenos Aires)
Lote de 11,50 mts. X 33,50 mts. en excelente entorno. Toma en parte de pago propiedad de menor valor o metros en caso de constructora, hasta un 25% del valor. DISTRITO RESIDENCIAL R4 CARACTER: Zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivas.- DELIMITACIÓN: Según plano de zonificación.- SUBDIVISIÓN: - Unidad Mínima de Parcela: Frente mínimo de veinte metros (20.00m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2).- INDICADORES BÁSICOS: - F.O.S. máximo sobre cota de parcela: 0.6 - F.O.T. máximo uso residencial: 1.2 - F.O.T. máximo otros usos: 0.8 - Densidad poblacional neta máxima: 450 hab/Ha.(0.045 hab/m2).- - Incremento del F.O.T. y Densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%. ESPACIO URBANO: Deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondiente. El centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcela.- USOS PERMITIDOS: Además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del Capítulo 5.- TIPOLOGÍA EDILICIA: Se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libre.- DISPOSICIONES PARTICULARES: (Ordenanza 20304) a) EDIFICIOS ENTRE MEDIANERAS Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: Planta Baja y dos (2) pisos o Planta Baja Libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente. La altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metros.- b) EDIFICIOS DE SEMIPERÍMETRO LIBRE Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: Planta Baja y dos (2) pisos o Planta Baja Libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente. La altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metros.- Retiro lateral obligatorio: mínimo 3.15 m. a eje divisorio.- c) EDIFICIOS DE PERÍMETRO LIBRE Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: Planta Baja y dos (2) pisos o Planta Baja Libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida. La altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metros.- Retiro lateral obligatorio:mínimo 3.15 m. a ejes divisorio.- 6.6.4.1 CASO ESPECIAL a) Los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (4.00m).- b) Las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: Beruti, Olazábal-Derqui, Avda. Constitución (excluidas las parcelas frentistas), José Marmol, F. Acosta, D. Rocha, J. Cardiel, Liniers, M. Strobel, Charlone, Santa Cruz y Cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6.6.4 “Indicadores Básicos” respecto del Factor de Ocupación Total (F.O.T.) y la Densidad Poblacional Neta Máxima (Dn.), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelaria. c) Las parcelas comprendidas en el poligono territorial delimitado por las siguientes calles: Olavarría, San Lorenzo, Sarmiento, Avellaneda, Tucumán, Rawson, Las Heras, Garay, Sarmiento y Rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un Factor de Ocupación de Suelo (FOS) menor o igual 0,5. (Ordenanza 20304) d) En las parcelas frentistas a las calles Bernardo de Irigoyen (acera par) entre Primera Junta y Almafuerte, y Primera Junta (acera par) entre Leandro N. Alem y Bernardo de Irigoyen, no será de aplicación el artículo 3.2.9.3 del C.O.T. inherente a “Altura Máxima de Edificación con Planta Baja Libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de Planta Baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existente.” (Ordenanza 21040). Todas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmueble. Todas las fotos, imágenes y vídeos son meramente ilustrativos y no contractuales. Los precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales, pudiéndose modificar sin previo aviso. Expensas: 0 Ref#218461 Precio: 337000.00 USD
$ 337.000
Ver aviso
Mar del Plata (Buenos Aires)
U$S 275.000 y 60 cuotas fijas de U$S 350. Lote de 11,50 mts. X 33,50 mts. en excelente entorno. DISTRITO RESIDENCIAL R4 CARACTER: Zona destinada a la localización de uso residencial de densidad media con viviendas individuales y colectivas.- DELIMITACIÓN: Según plano de zonificación.- SUBDIVISIÓN: - Unidad Mínima de Parcela: Frente mínimo de veinte metros (20.00m) y superficie mínima de quinientos metros cuadrados (500m2).- INDICADORES BÁSICOS: - F.O.S. máximo sobre cota de parcela: 0.6 - F.O.T. máximo uso residencial: 1.2 - F.O.T. máximo otros usos: 0.8 - Densidad poblacional neta máxima: 450 hab/Ha.(0.045 hab/m2).- - Incremento del F.O.T. y Densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70%. ESPACIO URBANO: Deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondiente. El centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcela.- USOS PERMITIDOS: Además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del Capítulo 5.- TIPOLOGÍA EDILICIA: Se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libre.- DISPOSICIONES PARTICULARES: (Ordenanza 20304) a) EDIFICIOS ENTRE MEDIANERAS Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: Planta Baja y dos (2) pisos o Planta Baja Libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente. La altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metros.- b) EDIFICIOS DE SEMIPERÍMETRO LIBRE Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: Planta Baja y dos (2) pisos o Planta Baja Libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente. La altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metros.- Retiro lateral obligatorio: mínimo 3.15 m. a eje divisorio.- c) EDIFICIOS DE PERÍMETRO LIBRE Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: Planta Baja y dos (2) pisos o Planta Baja Libre y tres (3) pisos frente a calle y a avenida. La altura máxima por piso no podrá superar los tres (3) metros.- Retiro lateral obligatorio:mínimo 3.15 m. a ejes divisorio.- 6.6.4.1 CASO ESPECIAL a) Los predios adyacentes a vías del ferrocarril observarán un retiro de fondo de cuatro metros (4.00m).- b) Las parcelas comprendidas en el polígono territorial delimitado por las siguientes calles: Beruti, Olazábal-Derqui, Avda. Constitución (excluidas las parcelas frentistas), José Marmol, F. Acosta, D. Rocha, J. Cardiel, Liniers, M. Strobel, Charlone, Santa Cruz y Cabral, observarán un plano límite diferencial de siete (7,00) metros y no computarán incrementos por sobre los valores establecidos en el artículo 6.6.4 “Indicadores Básicos” respecto del Factor de Ocupación Total (F.O.T.) y la Densidad Poblacional Neta Máxima (Dn.), incluido el estímulo correspondiente a unificación parcelaria. c) Las parcelas comprendidas en el poligono territorial delimitado por las siguientes calles: Olavarría, San Lorenzo, Sarmiento, Avellaneda, Tucumán, Rawson, Las Heras, Garay, Sarmiento y Rawson, observarán un plano límite diferencial de planta baja y tres (3) pisos o planta baja libre y cuatro (4) pisos, pudiendo en ambos casos, adicionar un (1) piso siempre que se adopte un Factor de Ocupación de Suelo (FOS) menor o igual 0,5. (Ordenanza 20304) d) En las parcelas frentistas a las calles Bernardo de Irigoyen (acera par) entre Primera Junta y Almafuerte, y Primera Junta (acera par) entre Leandro N. Alem y Bernardo de Irigoyen, no será de aplicación el artículo 3.2.9.3 del C.O.T. inherente a “Altura Máxima de Edificación con Planta Baja Libre”, razón por la cual el plano límite de los edificios proyectados será, exclusivamente, de Planta Baja y dos (2) pisos o de acuerdo al perfil de la medianera existente.” (Ordenanza 21040). Todas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmueble. Todas las fotos, imágenes y vídeos son meramente ilustrativos y no contractuales. Los precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales, pudiéndose modificar sin previo aviso.
$ 275.000
Ver aviso